lunes, 31 de marzo de 2025

Análisis crítico a las reformas sobre el derecho de vivienda para los trabajadores

 

El presente ensayo tiene por finalidad realizar un análisis crítico de las reformas al tema de vivienda, sobre todo aquellas del fondo de vivienda para los Trabajadores, para ello, se analizarán diversos puntos desde la reforma constitucional y legal.

1.    1. La reforma constitucional en materia de vivienda

El pasado 2 de diciembre del 2024 se publicó la reforma constitucional en materia de vivienda, y versó en esencia sobre el artículo 123 fracción XII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

   Los conceptos más destacados fue el cambio central de habitaciones por vivienda adecuada, la inclusión del concepto de persona trabajadora, la orientación social de la vivienda, y el arrendamiento social.

    Los cambios constitucionales deben atenderse con cuidadosa atención, pues, al tratarse de instituciones que tienen repercusión en todo el orden jurídico, pueden generar beneficios o perjuicios de algo impacto. Al respecto considero que la inclusión del término vivienda en lugar de habitación adecuada, se debe a las recomendaciones derivadas de los organismos internacionales, lo que me parece adecuado. En cuanto al concepto de persona trabajadora, me parece medianamente correcto el término, porque si bien se reconoce que los trabajadores son personas también, con ello de alguna manera se difumina el concepto de clase, cuyo eje principal es el reconocimiento de ésta con la finalidad de revelar la lucha que se pretende ocultar eufemísticamente.

     Pero más complejo aún me parece, la introducción de los conceptos de vivienda con orientación social y el arrendamiento con el mismo adjetivo. La razones son que podría contraponerse dichos conceptos al principio de propiedad privada, pues, se establecen limitaciones al mismo como fijar no solamente el costo sino posiblemente el diseño y construcción de éstas, además de crear la institución del arrendamiento social cuyas novedades es fijar el monto de las rentas y dotar de la posibilidad de adquisición, que si bien en el derecho común existe esta posibilidad bajo las figuras del derecho preferencial o las limitaciones al aumento en las rentas, lo cierto es que al incluirlo a nivel constitucional podría haber utilización de estos mecanismos pudiendo generar cierta confusión.

2.   2 Crítica a la reforma a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

Algunos cambios son también de forma, por ejemplo, en general en la ley se cambió el concepto de habitación por vivienda. Hay otros cambios más relevantes como el aumentar los objetos del Instituto como son el ejecutar o invertir programas de construcción o administración de viviendas, así como el arrendar socialmente. Nos detenemos en dichas facultades sobre todo en la de invertir y arrendar socialmente, la primera al ser una posibilidad que no tenía el instituto pero que con ello entra al mercado definiendo los sitios o negocios donde participará con el dinero de los trabajadores, además de recibir ingresos por concepto de arrendamiento.

     Uno de los puntos más relevantes es la forma en que se cumplirá la facultad de construir viviendas, porque será por medio de una “constructora” que se formará y regirá por leyes mercantiles, cabe señalar que nos llamó poderosamente la atención la precisión, toda vez que podría existir una cierta incompatibilidad entre la connotación social y la empresa de carácter mercantil, al existir cierta contradicción en dichos objetivos. Además de muchas preguntas que quedan al aire como ¿Quiénes serán los socios? ¿Qué órganos de control tendrán si se regirán por las leyes mercantiles? Sabemos que la integración accionaria será en su mayoría por personas del Instituto, pero ¿quiénes serán los demás?

    Sumado a lo anterior, se abre la posibilidad de establecer alianzas, sociedad o contratos con los sectores privado y sociales, con el sector público había esa consideración aunque con los otros sobre todo el privado también resulta cierta incongruencia, más cuando los sectores sociales y privados se encuentran de alguna manera siendo representados al ser parte de la institución, por lo menos en representación.

2.1.       La debilitación del tripartismo y la centralización de las funciones de la persona Directora del Instituto del Fondo

Para la administración del fondo de vivienda de los trabajadores se creó en 1971 y se constituyó tripartitamente, la razón era que los propios factores de la producción eran los encargados de revisar y además tomar decisiones en un tema que les afectaba directamente, por una parte, se trata del dinero de los trabajadores, pero por otra parte, obligaciones patronales, siendo el Estado una especie de participante que mantuviera el equilibrio.

   No obstante ello, al analizar la reforma nos percatamos que debilitó el modelo del tripartismo, las razones son las siguientes:

-Se incluyó en las facultades de la persona directora del Instituto el voto en  asamblea general, y la de veto en resoluciones del Consejo Ejecutivo y de la Comisión de Vigilancia cuando no se tomen por unanimidad, antes el director no contaba con este tipo de facultades, lo que nos parece sano pero ahora se impone esa modalidad.

- Se impone que la persona que presidirá tanto la Asamblea General como el Consejo Ejecutivo será la persona Directora del Instituto, cuando antes esto era rotativo, es decir, le tocaba presidir también en determinado tiempo a los representantes de los trabajadore y de los patrones.

-Se le retiran los apoyos económicos a los integrantes de los órganos colegiados, lo que debilitará la participación de los entes sindicales;

- Se empata la renovación de los órganos de dirección del Instituto a la transmisión del poder ejecutivo, lo que nos parece también debilita la democracia del Instituto, porque podría existir un desequilibrio con los sindicatos corporativos o algunos patrones que no coincidan con las agendas de los candidatos presidenciales, quienes tienen mayores recursos, y en algunos casos, incluso cuentan con el apoyo estructural de partidos políticos.

-Se impone la decisión de la persona Titular del Poder Ejecutivo Federal para la designación de la persona directora del instituto del fondo, lo que elimina la objetividad del mismo y excluye a los sectores patronal así como a los trabajadores, quienes antes aprobaban la propuesta del ejecutivo;

2.2. La imposición de nuevas obligaciones patronales

La importancia de la participación del sector patronal es por las obligaciones que la propia legislación les impone, se convierten en una especie de auxiliares del instituto al proporcionar información y realizar las retenciones impositivas mediante el cálculo, enteramiento y pago de éstas.

    Se modificó un párrafo al artículo 29 de la Ley del Instituto, lo que generó que los patrones serán responsables de pagar tanto la retención de las cuotas del cinco porciento sobre el salario base de cotización, como además se deberá pagar los créditos y rentas que se generen con motivo del arrendamiento social, sin que pueda suspenderse con motivo de incapacidades o ausencias, es decir, los hacen responsables solidarios en conjunto con los trabajadores.

     En esencia, le imponen al patrón que en caso de omitir avisar la baja del trabajador deberá pagarle al Instituto, la excepción de dicho pago solamente podrá ser demostrar con el recibo correspondiente que se dio dicho aviso.

    También le impone el pago de créditos aún cuando existan incapacidades, lo que implica que el patrón será el que terminará respondiendo, por cualquier enfermedad del trabajador.

2.3.Las nuevas opciones para los trabajadores

Los trabajadores tendrán derecho a prorrogas sin intereses hasta por doce meses máximo en caso de pérdida del empleo. Se mantendrá un seguro que cubrirá los créditos cuando exista incapacidad permanente total o la muerte del trabajador.

  Se incluye, para trabajadores con más de un año cotizando, cerca de su centro de trabajo y con la opción de entrar a programas de adquisición de vivienda. Se fijará la renta considerando el nivel salarial de la persona trabajadora, además podría adquirir el inmueble siempre y cuando contara con recursos suficientes en su subcuenta de vivienda, pudiendo reconocerse las rentas que haya erogado.

   No obstante ello, el sindicalismo y su participación en el Instituto se reduce ante la centralización de la toma de decisiones, pero debe reconocerse que sí bien hay opacidad en las inversiones y formas en que se toman las decisiones, también hay un avance en los derechos de las personas trabajadoras.

3.    3. Las reformas a la Ley Federal del Trabajo

En esencia se tratan de modificaciones tanto a la autorización legal de descuentos al salario con motivo de pago de créditos y rentas sociales, así como la facultad de los patrones de descontar del salario esos conceptos.

    Además se precisa que la parte trabajadora en caso de que adquiera una nueva relación laboral empero se haga valer una incapacidad para que opere el seguro respectivo, podrá volver a pedir la cancelación de la hipoteca.

     Los demás cambios, en esencia, fueron solamente de forma como agregar el término persona trabajadora, que a nuestro muy particular punto de vista aunque entendemos que se debió a la idea basada en la perspectiva de género que es respetable, también considero que de alguna manera se desnaturalizó el concepto de “clase trabajadora”, individualizando al mismo.

4. Como cierre por el momento

Nos parece que los cambios constitucionales y laborales, tienen relevancia sobre todo por los retos a enfrentar, como el nivel de eficacia y transparencia que se tendrá al centralizar el poder en manos de la persona directora del instituto, así como analizar los efectos de la debilidad del tripartismo.

    Además existe una imposición mayor a la clase patronal, quien tendrá que analizar y defenderse en dicho plano.

   En cuanto a los trabajadores denominados de a pie, a nivel micro, habrá beneficios como el arrendamiento inmobiliario, aunque hay que definir con mejor forma de qué manera se obtendrán esos proyectos.

martes, 25 de marzo de 2025

El conflicto en la Asociación Nacional de Abogados Democráticos. Una reflexión.

 

La historia se repite dos veces: una como tragedia

Otra como farsa

K. Marx

La Asociación Nacional de Abogados Democráticos nació hace treinta y cuatro años aproximadamente, dentro de sus filas han destacados ilustres abogados y abogadas, cuya principal misión ha sido la defensa de los sectores más desprotegidos, a quienes hemos denominado como pueblo.

    Nuestra tradición ha sido como lo diría el maestro Bernardo Bátiz la camaradería, fuera de protocolos rigurosos o títulos rimbombantes, nos hemos mantenido como defensores de las denominadas “causas perdidas”, quizá bajo una inspiración emanada más del corazón y la esperanza que, de la racionalidad y la técnica.

     Una de nuestras más grandes virtudes es la inclusión y el respeto a luchadores sociales, más allá de el culto a la personalidad y la exclusión basada en la posición social o el cargo público.

        Desde luego, no han sido años fáciles en lo interno. Los constantes debates, fracturas, decepciones, y separaciones de miembros después de una elección nos llevaron a una crisis histórica que casi nos hizo desaparecer, el honor que era presidir la organización se convirtió a la postre en un reto que pocos decidimos asumir, todo se basó en una historia paralela de la izquierda que llegó al poder.

        Nuestra composición se basa en su mayoría de origen por abogados y abogadas de procedencia laboral, quienes cercanas al sindicalismo y la lucha de los trabajadores, encontraron un espacio de apoyo para denunciar los abusos, extorsiones y ataques tanto de las autoridades como de cierto sector patronal. Otro importante sector se desempeñó en la administración pública, hemos tenido el orgullo y fortuna de tener dos representantes como consejeras jurídicas de la más alta responsabilidad de este país, la presidencia de la República.

       No obstante, todo ese gran recorrido histórico, que debemos reconocer en su mayoría se lo debemos al trabajo de nuestras compañeras, quienes sin duda han destacado más que nuestros compañeros al exterior de nuestra organización, ahora nos encontramos en una crisis que posiblemente no se suscitó en estos tiempos.

      El conflicto se basó en dos posturas irreconciliables, por una parte, una presidencia cuyo trabajo no está cuestionado, decidió quizá por “consejeros” que pretendieron observar más altas miras participar en una elección donde pudiera ocupar de nueva cuenta la presidencia, bajo el argumento de no haber sido electa en virtud de sustituir a un presidente que no pudo continuar, sin tener claras las razones del por qué.

      Por otra parte, un presidente electo a mano alzada, en un congreso a puerta cerrada, y bajo una candidatura única, donde el mayor interés era la sustitución de la presidencia de nuestra organización, y con un serio cuestionamiento en la independencia de nuestra dirección, pero con el apoyo “oficial”.

      Todo esto fruto de varios ingredientes, la mayoría basados en la falta de voluntad y entendimiento de ambos sectores, pero sobre todo de un acuerdo formal que celebraron éstos bajo el aval de testigos de honor, que ninguno cumplió. El desenlace fue el esperado, la toma de la presidencia por el sector oficial, por un lado, y por otro, la insurrección de los excluidos.

       El futuro inmediato es una organización con dos cabezas, que no sería un problema, si no se mordieran mutuamente. Que tiempos vivimos, donde una elección y la justificación de acciones estatales, nos tiene alejados de nuestro más alto ideal, ¡la lucha y representación de los más desprotegidos de este país!

     Ojalá pronto recuperemos el rumbo, he omitido cualquier nombre o referencia, por aunque parezca sarcasmo, respeto a los dos bandos, a quienes aprecio como mis camaradas, y con quienes en algún momento de la vida he luchado hombro a hombro siempre del lado del desprotegido, siempre al lado de las luchas perdidas.

    En mi opinión tenemos dos soluciones, una posible vicepresidencia y actuar en unidad, conciliando a los sectores, o un gran Congreso Nacional donde discutamos no solamente una elección o lucha por el poder, sino nuestra esencia y hacia dónde debemos dirigir nuestros esfuerzos acorde a nuestros principios, tanto colectivos como estatutarios.

domingo, 23 de marzo de 2025

La supremacía constitucional vs los derechos humanos. El caso México.

 

“Si le das más poder al poder, más duro te van a venir a…”

Molotov

Hace algunos años en la facultad de derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México se discutía acaloradamente la fuente de protección máxima de los derechos, por un lado, los seguidores del maestro Ignacio Burgoa consideraban que en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se encontraba todas las herramientas normativas necesarias, para afrontar cualquier reto en el ordenamiento jurídico mexicano.

    Por otro lado, había una corriente más discreta, pero con la misma fuerza, lidereada por el maestro Héctor Fix Zamudio, quienes consideraban que la Constitución debía reconocer todo el avance internacional en materia de derechos humanos y la Constitución atender a dichos lineamientos.

      Para la primera corriente eso era impensable, tan es así que decidieron invocar la teoría de la supremacía constitucional, que en el fondo pretendía desconocer las “influencias” internacionales que para este selecto grupo eran contrarias a los intereses nacionales.

      Al final y atendiendo a la tendencia internacional se reconoció que hay normas de fuente internacional, y que el camino era por esa vía más de chauvinismos rancios, no obstante ello, una corriente emanada del Poder Judicial de la Federación que no entendió (Segunda Sala de la SCJN encabezado por la entonces ministra Margarita Luna Ramos) la corriente y decidió mantener a la supremacía constitucional pero bajo la forma de restricciones constitucionales.

     Todo cambió y aquellos que seguían a Fix Zamudio como señor ministro en retiro Zaldivar también, hasta el grado de proponer reformar la Constitución cuando el Poder Judicial de la Federación se convirtió en un contrapeso del partido mayoritario actualmente en el poder.

    Fue así como el Congreso General decidió con una mayoría artificial calificada reformar la Constitución publicándose el pasado treinta y uno de octubre del dos mil veinticuatro, donde entre otros cambios se reformaron los artículos 105 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativa a los juicios constitucionales.

      En el caso del artículo 105 de la Constitución que regula las acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales donde, se expresa de manera literal que éstos son improcedentes contra adiciones o reformas a la Constitución.

       En cuanto la reforma al artículo 107 de la Constitución, en esencia, señala que solamente los amparos se ocuparán de las personas que lo hubieran solicitado y especialmente en lo que verse la demanda de amparo. Es claro que este primer comentario si bien parece parte del principio de relatividad de las sentencias, lo cierto es que al imponerlo en la Constitución, pretenden limitar a toda costa a los juzgadores realicen interpretaciones extensivas, incluso podría afectar la suplencia de la queja, que hay que reconocerlo ahí afecta a los más vulnerables, quienes generalmente no cuentan con servicios especializados en materia constitucional.

      Otro aspecto más es, la limitación a no otorgar efectos generales a las sentencias de amparo, que aunque sabemos es parte del principio de relatividad o también llamada fórmula Otero que ya existía, también debería aclararse si afecta dicha modificación al proceso de declaración de inconstitucionalidad que ya está previsto en la propia Ley.

       Por último, la precisión sobre el amparo que no procede contra reformas o adiciones a la Constitución, aunque en este punto ya se había discutido mucho sobre la no procedencia del amparo contra la Constitución, bajo la imposibilidad de que no se podían declarar a la Constitución como inconstitucional. Lo que se les pasó en dicho intento me parece que fue la impugnación del proceso a la reforma constitucional, pues, si bien el fondo no puede ser discutido una vez ya aprobado por el mecanismo del artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Mexicanos, considero que el proceso o la forma sí, al no incluirse en la literalidad del texto.

    Me explico, que pasaría si se viola al proceso legislativo o incluso el sujeto legitimado para proponer iniciativas, previstos en los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o en el reglamento interior de los Congresos, digo no se impugnaría la reforma sino el proceso simplemente siendo violaciones a la legalidad, exacta aplicación de la ley o la seguridad jurídica, a mi criterio eso no se consideró.

     Lo concluyente es que, lo que se pretende es no cuestionar a la propia Constitución por lo menos desde los tribunales, pero que ocurriría si se declararan violaciones a los derechos humanos auspiciados por la propia Constitución o también denominadas restricciones constitucionales.

     A mi juicio debe existir un punto medio, y seguir la tendencia de aplicar las recomendaciones internacionales en materia de derechos humanos, no podemos ser farol de la calle y obscuridad en la casa, denunciar que se violan derechos humanos pero jactarnos de que nuestra constitución restringe derechos a los ciudadanos, más cuando existe un sistema de partidos fallidos, donde hay un Estado del partido.

 

      

Al amigo y maestro Medardo Bañuelos Lagunes. Homenaje póstumo.

 

Este domingo estuve recordando a nuestro extinto amigo y maestro Medardo Bañuelos Lagunes, quien además de una abogado astuto y estudioso, fue un profesor normalista y antropólogo, pero sobre todo un mentor y amigo del que escribe estas líneas.

    A Medardo lo conocí cuando por invitación de otro gran jurista y maestro el doctor Manuel Fuentes Muñiz, acudimos varios jóvenes universitarios a los eventos de jóvenes por un derecho alternativo organizados por la Asociación Nacional de Abogados Democráticos.

      Recuerdo que llenábamos una sala de juntas de esa mítica oficina del doctor Fuentes en la colonia Doctores, se nos permitía opinar, participar, se dejaban atrás de la puerta los títulos nobiliarios por el compañerismo y la crítica constructiva. El doctor Fuentes, presidente de la ANAD, observaba con la solemnidad que le caracteriza y  a su lado había un abogado con un lenguaje fluido y sobre todo con una vocación democrática quien, escuchaba con atención los planteamientos de los jóvenes.

    Entusiasmado participé en el proyecto, y me adherí a la Asociación Nacional de Abogados Democráticos, además de que seguí frecuentando al maestro Medardo, con quien incluso formé una sociedad y postulamos diversos asuntos. Yo iniciaba como pasante, estaba en trámite mi cédula profesional, había pocos recursos, pero Medardo con su generosidad nos invitaba a varios compañeros y compañeras a círculos de estudio jurídico, donde abordábamos además tema de política, sociología y marxismo, y claro Medardo era quien pagaba las cuentas del café.

      Recuerdo que en ese tiempo, los juzgados civiles eran un reto para un joven sin apadrinamientos, pues, la petulancia y el autoritarismo eran una constante, sobre todo recuerdo un juicio de arrendamiento, donde defendíamos a una familia de escasos recursos que vivía en un cuarto de azotea y quería ser despojado con tácticas poco leales, en ese tiempo estudié con Medardo el control constitucional difuso y emprendimos un incidente en  un juicio especial de arrendamiento, el Juez ni nos volteó a ver, nos desecharon el incidente y sentenció.

       En el amparo directo revocamos la sentencia, y el juzgador esta vez llevó la audiencia personalmente, no se acostumbraba en esos tiempos, recuerdo que éste tenía ya un libro de jurisprudencias de la Corte Interamericana e incluso formuló alegatos como si se tratara no de un juzgador sino de un abogado postulante, fue hostil. No obstante ello, Medardo con gran astucia en una diligencia donde dicho juzgador actuaba sumamente agresivo conmigo, donde me desechaba las preguntas sin escucharlas, le manifestó de forma directa al juzgador: “por qué me miras con odio”, todos quedamos atónitos en la barandilla de audiencias, el juzgador cambió su semblante y negó el hecho, pero comenzó a admitir las preguntas formuladas desde luego legalmente.

      Al salir noté que Medardo  había utilizado esa estrategia para evitar que el juzgador continuara prejuzgando bajo el odio de haber logrado revocar su sentencia, y desde entonces yo también comprendí que el derecho se vive y un jurista no solamente debe contar con conocimientos jurídicos sino también sensibilidad humana además de una profunda observación de los contextos en que uno se desenvuelve.

        También recuerdo cuando, impulsamos a Medardo para la presidencia de la ANAD, y bueno un grupo de abogados y abogadas de la organización bajo un pánico que aún no comprendo, cerraron el auditorio donde se desahogaría la elección y nos dijeron que no podíamos pasar a la asamblea porque no estábamos en la lista. Nos llamó la atención porque cuando se trataba de alguna conferencia o escucharlos siempre había espacio, pero para tomar decisiones ahí no.

    Los jóvenes que teníamos entusiasmo en participar en dicha organización porque en la presidencia del doctor Fuentes se nos reconoció y permitió ser escuchados, luchamos por ser tomados en cuenta en las decisiones de la ANAD, logrando la vicepresidencia de Medardo Bañuelos, único vicepresidente en la historia de los abogados democráticos, gracias a un sector de la abogacía democrática Jorge Viveros Reyes, que sensibilizó al duro consejo democrático.

       Lamentablemente una confusión en un asunto jurídico de un gran abogado que sufrió una injusticia nos apartó, pues, en ese momento yo vivía dificultades de índole académico y personal, por ende, tuve que abocarme a éstos, no pudiendo prestar el auxilio debido. La falta de comunicación nos alejó. Lamento eso hasta ahora.

      Medardo falleció en marzo del 2024, empero, su legado se mantendrá como lo que fue: un hombre crítico, generoso con las nuevas generaciones, inquieto, y sobre todo estudioso. Hasta siempre maestro!


domingo, 9 de marzo de 2025

México ante los aranceles, una oportunidad histórica

 

En México se viven ciertos momentos de tensión, y la razón es el acecho de la Casa Blanca, sobre todo las acusaciones de una alianza entre el gobierno y el narcotráfico.

    Llama la atención que sea hasta este momento en que nació esa acusación cuando abiertamente vimos una buena relación entre el gobierno norteamericano y los gobiernos de la autodenominada 4T, incluso vimos la entrega de un ex secretario de defensa por parte de las autoridades norteamericanas al gobierno de México, con acusaciones de narcotráfico.

    Sin entrar en mayores detalles, el gobierno norteamericano decidió imponer aranceles a los productos mexicanos que ingresan a su país, y México reaccionó con la entrega de 29 personas acusadas de narcotráfico, desde luego, sin respetar el debido proceso legal y bajo la tácita defensa de la soberanía nacional, una especie de sacrificio para calmar el hambre de venganza o quizá una sensación de certeza del enemigo o a quién culpar por la grave crisis de salud que atraviesa nuestro vecino país derivado del consumo del fentanilo, no lo sabemos.

    Indudablemente debemos defender nuestra soberanía nacional, eso no está en duda y apoyaremos a nuestra presidenta, pero el problema radica en el cómo lo haremos, porque respetuosamente consideramos que responder bajo argumentos chauvinistas no debiera ser la vía, lo que nos llevaría a revivir uno de los tantos rencores históricos que tenemos, y por qué no decirlo un trauma al nivel de los hijos de la chingada que nos expuso Paz en el ensayo El Laberinto de la Soledad.

    Consideramos que México tiene un legado histórico y una fuerza moral basada en el amor profundo a su familia, la amistad, el trabajo y otras virtudes que han sido reconocidas a lo largo del planeta, incluso por encima de los detractores que nos quieren ver como un “charro recostando en un nopal”, pero debiéramos atender de alguna manera los “rumores internacionales”, tenemos una oportunidad histórica para demostrar que México es un país humanista y seguro.

    Una de las maneras en hacerlo sería reconocer y cumplir inmediatamente las condenas internacionales que ha emitido la Corte Interamericana de Derechos Humanos, derogar la prisión preventiva oficiosa, crear un sistema independiente de servicios periciales, e investigación criminal, revisar y fomentar los protocolos de actuación en las Fiscalías para delitos graves como el secuestro, la trata de personas, el narcotráfico, las desapariciones forzadas y desde luego el feminicidio.

    Pero sobre todo rechazar categóricamente y públicamente a aquellos políticos sean del partido que sean, que tengan vínculos con el narcotráfico, porque esos si tildan, sí manchan, sí dañan. ¿Estaremos a la altura de las circunstancias?