martes, 25 de febrero de 2025

La reforma a la Ley del ISSSTE, un enredo contra los trabajadores

 

Hace unos días amigos de la lucha social, nos preguntaron nuestra opinión a la iniciativa presentada por la Titular del Poder Ejecutivo Federal, que reformaba y adicionaba diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en dos rubros: fortalecimiento de financiamiento a la Institución y derecho a la vivienda, publicada en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados el pasado 7 de febrero del 2025.

   Al leer la iniciativa inmediatamente nos sorprendió que una de las razones era buscar fuentes de financiamiento ante la insuficiencia de recursos en los servicios de salud, y para ello se propone una cosa extraña por decir lo menos, que cuando un salario integrado rebase diez veces la Unidad de Medida y Actualización, se tomará como base de la aportación el salario integrado.

     A primera lectura parecería justo, que los que ganen más paguen más por los servicios médicos, pero la forma a nuestro juicio no es la correcta, pues, desnaturalizan conceptos laborales lamentablemente bajo conveniencia del Estado.

      En otras palabras, el enredo que propone la reforma a la Ley del ISSSTE propone como dirían popularmente “cobrarse a lo chino”, y la justificación es que un salario rebase las diez UMAS.

      Para contextualizar lo anterior, la Unidad de Medida y Actualización fue un invento creado por el Estado para dividir las sanciones administrativas de los salarios mínimos, porque éstos últimos eran utilizados comúnmente como la medida universal en todas las sanciones y penas que impone el Estado, es decir, su naturaleza no es laboral.

       No obstante ello, y gracias a los aumentos importantes del Salario Mínimo conquista de los gobiernos denominados de la 4T, los organismos de seguridad social en materia de pensiones bajo la complicidad del Poder Judicial Federal, decidieron que los aumentos de las pensiones no fueran en salarios mínimos sino en UMAS, la razón era simple los salarios aumentaron más que las UMAS.

      Pero ahora nos dice la propuesta legislativa que utilizará la UMA como medida para señalar que en caso de rebasar diez veces ésta, los trabajadores y pensionados deberán pagar no sobre su salario base de cotización que es aquel que sirve para determinar sus prestaciones laborales que le otorga el Instituto, sino sobre el salario integrado, que sirve para determinar las indemnizaciones laborales.

     Es decir, utilizará el Instituto una medida de sanción administrativa para determinar si te cobrara sobre el salario que recibirías si te tuvieran que indemnizar, aun cuando dicha institución es de las que actualmente tiene mayores desacatos ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje por no cumplir con los Laudos emitidos.

     Si quiere el ISSSTE cobrar más a los trabajadores, debería reconocer que la medida sea el salario mínimo no la UMA, y en todo caso sobre el salario base de cotización, no sobre el salario integrado. Así no… Así no… con los trabajadores no…

    

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